Uruguay permite la tenencia y el uso contractual de activos virtuales y ha desarrollado un marco regulatorio para las empresas que prestan profesionalmente servicios relacionados con ellos.Para el inversor internacional, esta combinación puede servir de puente entre patrimonio digital e inmuebles en Punta del Este, Maldonado o Montevideo. La operación exige una correcta estructuración notarial, fiscal y de cumplimiento.

Resumen ejecutivo

  • Los criptoactivos pueden mantenerse y transferirse en Uruguay, pero no son moneda de curso legal.
  • El intercambio directo de un inmueble por criptomonedas se califica como permuta.
  • El uso de cripto no elimina el ITP, el eventual IRPF inmobiliario ni los costos notariales.
  • La trazabilidad de wallets y la acreditación del origen patrimonial son esenciales.
  • Uruguay regula a los proveedores profesionales de servicios sobre activos virtuales.
  • El artículo 24-BIS puede generar una tributación uruguaya efectiva del 0 % durante once ejercicios sobre determinadas rentas extranjeras, bajo condiciones.

¿Cuál es el estatus legal de las criptomonedas en Uruguay?

El Banco Central del Uruguay define los activos virtuales como representaciones digitales de valor o derechos contractuales que pueden almacenarse, transferirse y negociarse electrónicamente.

Pueden utilizarse contractualmente como instrumentos de inversión o medios de pago, pero no son moneda de curso legal, no son emitidos por el BCU y no cuentan con su garantía.

La Ley N.º 20.345, promulgada el 19 de septiembre de 2024, incorporó a los proveedores de servicios sobre activos virtuales al perímetro de regulación y supervisión del Banco Central del Uruguay.

¿Se puede comprar una propiedad con criptomonedas?

Sí, siempre que el vendedor o desarrollador lo acepte y que un escribano pueda instrumentar correctamente la operación.

La Consulta Tributaria N.º 6419 concluyó que la criptomoneda no es dinero ni dinero electrónico a los efectos de esa operación. El intercambio directo de un inmueble por criptoactivos constituye una permuta entre un inmueble y un bien mueble incorporal.

Conversión previa a dólares o pesos

El comprador puede convertir sus activos antes del cierre y pagar en moneda tradicional. Esta alternativa suele simplificar la operación para el vendedor, el escribano, el desarrollador y la entidad bancaria.

Transferencia directa al wallet del vendedor

También puede acordarse una transferencia directa de BTC, ETH, USDT, USDC u otro activo. La escritura deberá definir el activo, la red, la dirección del wallet, las confirmaciones, la fuente de cotización, el momento de valoración y el procedimiento ante errores o variaciones de mercado.

Impuestos aplicables

Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales

El ITP continúa siendo aplicable. En negocios inmobiliarios onerosos, el tipo ordinario es del 2 % para el enajenante y del 2 % para el adquirente. La base imponible se determina conforme a las reglas fiscales y catastrales.

IRPF del vendedor

Cuando una persona física transmite un inmueble urbano con ganancia, el IRPF se determina generalmente aplicando el 12 % a la renta fiscal computable, no al valor total del inmueble.

Transmisión del criptoactivo por el comprador

Al entregar criptomonedas a cambio del inmueble, el comprador también transmite un activo digital. La eventual ganancia debe analizarse separadamente.

A julio de 2026 no existe una única regla pública que permita atribuir el mismo tratamiento fiscal a todas las ventas de Bitcoin, Ether, stablecoins, tokens DeFi, staking o derivados.

Origen del patrimonio y trazabilidad

El uso de blockchain no elimina los controles de origen de fondos. El vendedor, el escribano, el desarrollador, un operador OTC o una entidad bancaria pueden exigir una debida diligencia reforzada.

  • extractos de exchanges;
  • pruebas de adquisición;
  • direcciones públicas de wallets;
  • hashes de transacciones;
  • prueba de control de las wallets;
  • declaraciones fiscales anteriores;
  • documentación societaria y de beneficiarios finales;
  • contratos que expliquen el origen económico del patrimonio;
  • informes de análisis blockchain.

Residencia fiscal y régimen de once ejercicios

La residencia legal, la residencia fiscal y la nacionalidad son conceptos diferentes. Una cédula uruguaya no convierte automáticamente a una persona en residente fiscal.

La residencia fiscal puede surgir, entre otras vías, por una permanencia superior a 183 días o por la localización en Uruguay del núcleo principal de actividades o intereses.

Artículo 24-BIS

Las personas que adquieran residencia fiscal uruguaya desde el 1 de enero de 2026 pueden optar, bajo determinadas condiciones, por tributar el IRNR durante el ejercicio del cambio de residencia y los diez ejercicios siguientes.

Para las rentas elegibles, el resultado puede ser una tributación uruguaya efectiva del 0 % durante once ejercicios.

  • no haber sido residente fiscal durante los dos ejercicios anteriores;
  • no haber utilizado el régimen anterior del artículo 24;
  • ejercer la opción una sola vez;
  • invertir más de 12.500.000 UI en inmuebles;
  • o capitalizar al menos 625.000 UI anuales en fondos elegibles;
  • o configurar cada año una permanencia superior a 183 días, sin necesidad de cumplir las condiciones de inversión.

¿Una sociedad extranjera de trading puede obtener el 0 %?

Puede ser relevante para determinadas rentas, pero no genera una exoneración automática.

Deben distinguirse beneficios retenidos, dividendos, intereses, salarios, honorarios, resultados sobre valores, ganancias en cripto spot y derivados.

Desde 2026, determinadas rentas obtenidas por una entidad extranjera pueden imputarse al beneficiario final residente uruguayo cuando su participación alcanza al menos el 5 %.

No deben presentarse como automáticamente exonerados los salarios, servicios prestados desde Uruguay, honorarios personales, perpetual futures, opciones, swaps, staking descentralizado o cualquier plusvalía personal sobre Bitcoin.

¿Por qué puede resultar atractivo Uruguay?

Uruguay no debería venderse como un paraíso fiscal cripto. Su posicionamiento más sólido es el de una jurisdicción estable, regulada y compatible con patrimonios digitales documentados.

  • Existe un marco para los operadores profesionales.
  • Los criptoactivos pueden incorporarse contractualmente a una transacción.
  • Es posible convertir parte del patrimonio digital en inmuebles.
  • El mercado inmobiliario opera habitualmente con referencias en dólares.
  • Determinados nuevos residentes pueden acceder a un régimen temporal sobre rentas extranjeras.
  • El sistema prioriza trazabilidad, cumplimiento y seguridad jurídica.

Riesgos y puntos de vigilancia

  • Volatilidad: el valor de BTC o ETH puede variar antes del cierre.
  • Stablecoins: riesgos de emisor, reservas, depeg y congelamiento.
  • Errores técnicos: una transferencia a una dirección incorrecta puede ser irreversible.
  • Trazabilidad: mixers, wallets sancionadas o fondos vinculados a hackeos pueden bloquear la operación.
  • País de salida: la residencia fiscal uruguaya no extingue automáticamente una residencia anterior.
  • Dirección efectiva: una sociedad extranjera puede ser cuestionada si se gestiona realmente desde Uruguay.
  • Bancabilidad: una transacción on-chain válida no obliga a una entidad financiera a aceptar los fondos.

Checklist para el inversor

  1. Confirmar que el vendedor acepta la estructura.
  2. Decidir entre conversión previa o permuta directa.
  3. Obtener una calificación escrita del escribano.
  4. Calcular ITP, IRPF y gastos.
  5. Analizar la transmisión fiscal de los criptoactivos.
  6. Preparar la documentación de origen patrimonial.
  7. Realizar análisis blockchain cuando sea necesario.
  8. Definir cotización, red y momento de pago.
  9. Revisar la residencia fiscal en ambos países.
  10. Validar individualmente el artículo 24-BIS.

Conclusión

Uruguay ofrece un marco jurídicamente viable para determinadas adquisiciones inmobiliarias financiadas con activos digitales. La conversión previa a dólares suele ser la vía más sencilla, aunque una permuta directa también puede estructurarse.

La operación continúa sujeta a impuestos, controles de origen patrimonial y formalidades notariales.

El régimen de nuevos residentes puede añadir valor para determinados inversores con rentas extranjeras elegibles, pero no debe confundirse con una exoneración automática de todas las ganancias en criptomonedas.

Preguntas frecuentes

¿Las criptomonedas son legales en Uruguay?

La tenencia y el uso contractual no están prohibidos, pero no son moneda de curso legal ni cuentan con garantía del BCU.

¿Se puede comprar un inmueble con Bitcoin?

Sí, si el vendedor lo acepta. La transferencia directa se considera una permuta.

¿Es obligatorio convertir las criptomonedas a dólares?

No siempre. La conversión suele simplificar la operación, pero una permuta directa puede ser viable.

¿Se paga ITP si el inmueble se paga con cripto?

Sí. El uso de cripto no elimina el ITP.

¿Uruguay cobra impuestos por vender Bitcoin?

No existe una respuesta única. El tratamiento depende de la residencia, el activo, la actividad y la estructura.

¿El Tax Holiday dura once años?

La opción del artículo 24-BIS comprende el ejercicio de llegada y los diez siguientes para determinadas rentas.

¿Una sociedad extranjera de trading está exonerada?

No automáticamente. Deben analizarse la sustancia, la dirección efectiva y la naturaleza de cada renta.

¿Los derivados cripto están cubiertos?

No deben considerarse automáticamente cubiertos por el artículo 24-BIS.

¿Qué documentación debe presentar un comprador?

Normalmente deberá acreditar wallets, exchanges, costos de adquisición, declaraciones fiscales y origen económico del patrimonio.

Fuentes

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Aviso legal

Este artículo se publica exclusivamente con fines generales, informativos y educativos. La información refleja las fuentes y conocimientos disponibles a julio de 2026.

La regulación, la fiscalidad, las políticas públicas, los criterios administrativos y las condiciones de mercado pueden cambiar. Su aplicación depende de las circunstancias personales, patrimoniales, fiscales y residenciales de cada inversor.

El artículo no constituye asesoramiento jurídico, fiscal, contable, financiero, inmobiliario o de inversión, ni una recomendación para comprar, vender, transferir o mantener un activo digital o inmueble.

Antes de tomar una decisión, el lector debe realizar sus propias verificaciones y consultar a abogados, escribanos, contadores, fiscalistas, especialistas de cumplimiento y otros profesionales debidamente cualificados.

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